Cuenta regresiva para los PSAV de Argentina
La CNV ya realizó intimaciones a los 151 PSAV personas jurídicas y a los 12 PSAV personas físicas para que cumplan con la presentación de la documentación requerida en la nueva regulación N° 1058/25 para inscribir un PSAV ante la CNV.
Anteriormente, los PSAV se inscribían con menos requisitos y mayor libertad bajo la RG N° 994/24, pero ahora deben cumplir con la nueva normativa o cerrar sus puertas.
Se han disponibilizado instructivos e implementado nuevos trámites para las nuevas inscripciones y para la cancelación del registro de forma digital en caso de que se encuentren inscriptos y quieran dejar de operar en Argentina.
Guía para la Inscripción PSAV vía TAD
https://lnkd.in/dNwVr8RE
Guía para la Cancelación PSAV vía TAD
https://lnkd.in/dn94-ett
Carga de documentación requerida por RG 1058:
https://lnkd.in/dUn2SseT
Preguntas frecuentes:
https://lnkd.in/d8V6XGYB